¿QUÉ ES?

Es un órgano plural de representación social que se integra por cinco ciudadanos residentes del estado de Baja California Sur,  quienes fungen uno como presidente, otro como Secretario Ejecutivo y el resto como vocalías. Son elegidos mediante una convocatoria pública y abierta por el voto de por lo menos dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva del Instituto Estatal de Radio y Televisión (IERTBCS).

Los consejeros desempeñan su encargo de manera honorífica y éste no genera relación laboral alguna; su actuación y participación es de carácter personal y, por lo tanto, intransferible.

El cargo de Consejero es por tres años y pueden ser reelectos hasta en dos ocasiones.

FUNCIONES

  1. Coadyuvar a la definición de los criterios que las estaciones de radio y televisión del IERTBCS, deberán seguir para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva del Sistema.
  2. Opinar y asesorar respecto de las acciones, políticas, programas y proyectos que desarrolle el Instituto.
  3. Proponer los criterios para asegurar la independencia editorial, así como las reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales, mismas que deberán ser remitidas y aprobadas por la Junta Directiva.
  4. Sujetar su actuación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y demás normatividad aplicable; así como de manera fundamental a las políticas de radiodifusión del IERTBCS.
  5. Proponer proyectos de contenidos mediáticos que contribuyan a cumplir los fines del IERTBCS.
  6. Proponer mecanismos y criterios de evaluación para que los contenidos de la programación del IERTBCS se apeguen a lo establecido con la ley en la materia.
  7. Proponer mecanismos de participación ciudadana a fin de atender las inquietudes y propuestas de los radioescuchas y televidentes.
  8. Vigilar y emitir informes públicos sobre el cumplimiento del IERTBCS a los criterios establecidos para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva a la junta directiva, en los términos de lo establecido en los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
  9. Vigilar el debido cumplimiento de las Políticas de Radiodifusión y las disposiciones legales aplicables al Defensor de las Audiencias de Radiodifusión.
  10. Proponer su organización interna y demás disposiciones normativas necesarias para su desarrollo y funcionamiento, mismas que deberán ser remitidas y aprobadas por la Junta Directiva y las demás que señalen las disposiciones aplicables.

Acta de Sesión de la Junta Directiva
 
Lineamientos del Consejo Ciudadano
 
Valoreción de Expedientes a los Aspirantes
 
Toma de Protesta

Última actualización: miércoles, septiembre 1, 2021

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